Noticias

Oficina de Defensa Pública de La Vega realiza exitoso amparo colectivo por sobrepoblación en Destacamento.

Miércoles, 10 Noviembre 2021
  La Vega.- La Tercera Cámara Penal del juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega conoció el pasado viernes 22 del mes octubre 2021, la acción de Amparo bajo la modalidad Colectiva que fuere interpuesto por la Lcda. Yudaiky Sabrina Reyes, en nombre de todos los miembros de la Oficina de Defensa Pública de La Vega. Como argumentos principales se indicó que en el Destacamento Policial ubicado en la 28 ava Compañía de la Policía Nacional, al lado del Palacio de Justicia de La Vega, se albergaba una gran cantidad de detenidos, muchos de los cuales se les había ordenado prisión preventiva, pero la misma no había sido efectiva por parte de la fiscalía de esa jurisdicción bajo la excusa de que en la cárcel no lo podían recibir por falta de una prueba de Covid. La acción fue sustentada por la coordinadora Marcia Ángeles, el defensor de turno Johann Reyes y la abogada adscrita Deyanira Rosario, quienes al momento de presentarla argumentaron que a los detenidos se les estaban violentando derechos fundamentales tales como el de dignidad humana, puesto que ese espacio no cuenta con las condiciones necesarias para mantener a las personas por más de 48 horas, no se les ofrece alimentos, no hay un espacio para el aseo, no tienen lugar para dormir y las necesidades primarias tienen que ser realizadas dentro del mismo lugar en condiciones infrahumanas. Además del peligro que representa el tener tantas personas detenidas en espacios tan pequeños e inadecuados, afectando su seguridad personal y poniendo en riesgo su integridad. Por igual fue solicitada una condenación a mil pesos de astreinte contra la fiscalía por cada día de retardo en la ejecución la decisión. La lectura fue aplazada para el día 28 de octubre y se ordenó el cese de las violaciones de los derechos indicados y el traslado a la cárcel pública de todas las personas a las cuales se les había conocido medida de coerción.

Oficina de Defensa Pública de San Cristóbal realiza jornadas de captación de casos en el centro penitenciario del CCR-XX (Najayo Hombres y Najayo Mujeres)

Martes, 02 Noviembre 2021
San Cristóbal.- EL coordinador de la Oficina de Defensa Publica de San Cristóbal, Lcdo. Miguel Ángel Roa Cabrera, en compañía de la Trabajadora Social Lcda. Sara Romero, se reunieron con la encargada del Departamento Jurídico del centro penitenciario Najayo Hombres (CCR-XVII), Lcda. Esperanza Nivar, quien también representó al director de dicho centro Freddy Polanco, donde coordinaron las acciones a ejecutar previamente para la realización de la jornada o censo de captación de casos, así como temas relacionados al restablecimiento de las charlas que imparte la oficina en el centro. Luego el coordinador de la Oficina de Defensa Publica de San Cristóbal, Lcdo. Miguel Ángel Roa Cabrera, en compañía de la Trabajadora Social Lcda. Sara Romero, igualmente se reunieron con la Directora de Najayo Mujeres, Lcda. Yadira de los Santos, y la encargada del Departamento Jurídico de dicho centro .Lcda. Kenia Nairobys Arias, donde planificaron el censo de captación de casos de forma masiva, y visitas presenciales, así como la reactivación de realización de charlas jurídicas. Después de  estas reuniones  fue ejecutada la primera jornada de captación de casos en el centro penitenciario del CCR-XX (najayo Hombres), dirigida por el coordinador de la Oficina de Defensa Pública del Departamento de San Cristóbal Lcdo. Miguel Ángel Roa Cabrera, asistido de la trabajadora social Lcda. Sarah Romero, así como con el encargado del Departamento Jurídico del referido centro penitenciario Lcdo. Eury Castillo, en la cual dieron asistencia legal a cientos de internos, tantos aquellos que tenían defensores públicos designados como los que solicitaban ser asistidos por defensores públicos. En cuya actividad también estuvieron los litigantes Richard Reyes Sepúlveda, Juan Moreno Severino, Francisco Antonio Reyes Reyes, Sardys Elizabeth de la Cruz Javier, Lidia Francisca Pérez Florentino, Josefa González Collado, Carmen Elizabeth Geraldo Feliz, y el paralegal Elvin Alexander Correa Pérez Finalizado el trabajo realizado en Najayo Hombres ,se  dio inició a la segunda jornada de captación de casos y visita masiva en el centro penitenciario de Najayo Mujeres. Dicha actividad estuvo coordinada por la trabajadora social Lcda. Sara Romero, en la cual participaron los litigantes Darina Guerrero Arias, Juan Moreno Severino, Jarina Corporán Batista, Josefa González Collado, Jarolin Romero de los Santos, Eligna Suero Arciniegas y el paralegal Luis Manuel Vallejo Sierra. Esta estuvo organizada por la Directora de dicho centro Lcda. Arelis Uribe Román y la encargada del Departamento Jurídico del mismo la Lcda. Kenia Nairobi Arias. El personal de la Defensa Publica de San Cristóbal, entrevistó internas asistidas por defensores públicos a los fines de suministrarles informaciones sobre sus procesos, y captaron casos de aquellas que solicitaron la asistencia técnica de un defensor público.       

HISTORIAS DE ÉXITO

Martes, 02 Noviembre 2021
Santo Domingo.-Lo hizo otra vez. Así es, el Lcdo. Edwin Marine Reyes, nuevamente logró conseguir que el Tribunal Colegiado de Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, acogiera en favor del señor M.A., P., una excusa legal de la provocación, el ciudadano estaba siendo acusado de asesinato por la procuraduría Fiscal de Sánchez Ramírez. Se recuerda además los días 4 y 25, del mes de agosto del presente año, también había logrado que ese mismo tribunal acogiera esta figura legal en favor de los señores M.J.B.; y J.C.A. respectivamente, los cuales también fueron acusados de homicidio agravado, por lo que es la tercera vez que este Defensor Público, logra que el tribunal falle esta forma en este año.  Se recuerda que el Licdo. Edwin Marine Reyes, fue galardonado como Defensor Público del año 2019 a nivel nacional, el mismo en los últimos 4 años siempre ha sido Defensor del año del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez y todos los años ha estado dentro de la terna de los finalistas a nivel nacional. Actualmente es miembro de Comisión Interna de Derechos Humanos, órgano adscrito al Departamento de asistencia legal gratuita para Grupos Vulnerados. Durante el período 2019-2020, formó parte de la Comisión de Integridad Institucional (CII). En el año 2021, formó parte de la Mesa de Trabajo para la elaboración del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2025. Desde el 2020, forma parte del cuerpo docente que imparte capacitación en el programa de aspirantes a Defensores Públicos en la Escuela Nacional de la Judicatura.  Dentro de su formación cuenta con Maestría en “Ciencias Forenses e Investigaciones Criminales”, Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Diplomado en “Modificación de la Ley 10-15”[1], impartido por la Escuela Nacional de Abogados (ENA), Diplomado en “Litigación Penal Avanzada”, impartido por la Escuela Nacional de Abogados (ENA), Diplomado en “Asilo y Estatuto de Persona Refugiado”, impartido por la Escuela Nacional de Migración. Diplomado en “Garantías Constitucionales”. Impartido por la Escuela Nacional de la Judicatura. Diplomado el Derecho Electoral, Impartido por el Tribunal Superior Electoral. Además de diversos cursos de Litación Avanzada, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales.  Tribunal acoge acción de amparo interpuesto por el Licdo. Emmanuel Taveras, en contra del Centro de Corrección y Rehabilitación La Isleta Moca (CCR La Isleta), por haber violentado derechos fundamentales como el derecho  a la dignidad y la salud, ya que el mismos fue maltratado por agentes penitenciarios, así el debido proceso al momento de imponer una sanción disciplinaria en contra del interno de nacionalidad haitiana, Sr. R. L., ordenando en consecuencia dejar sin efecto la sanción, estableciendo que él Sr. R. L. fuera sacado del área de reflexión y fuera trasladado a otro centro, de igual forma disponiendo el pago de un astreinte de cinco mil (RD$5,000) pesos dominicanos, por cada día de retraso en incumplimiento de la decisión., la cual fue dada por la Magistrada Esther Puntiel, Jueza  Cámara Penal del Distrito Judicial de Espaillat-Moca. El Licdo. Emmanuel Taveras, Defensor Público, estuvo acompañado en dicha acción de la Licda. Elizabeth Rodríguez, Coordinadora de la Defensa Pública y Coordinadora de la Comisión de Cárceles, quien en ocasión de la denuncia elaboró un informe el cual fue remitido a la Dirección del Nuevo Modelo Penitenciario.    

DEFENSA PÚBLICA DE ESPAILLAT INICIA LAS VISITAS DESTACAMENTALES.

Martes, 02 Noviembre 2021
Santo Domingo.-En el mes septiembre del 2021 fueron reestablecidas las visitas al destacamento policial de Moca, siendo realizadas a la fecha un total de 29 visitas, verificándose las condiciones de los detenidos, los cuales se encuentran en hacinamiento, toda vez que luego de dictadas las medidas de coerción no son trasladados al centro, por lo que se procedió a tramitar el traslado de los mismos al Centro de Corrección Isleta-Moca, de igual forma  la Coordinadora de la Defensa Pública de Espaillat, Licda. Elizabeth Rodríguez, procedió a gestionar a través de los comedores económicos raciones de comida para los detenidos, ya que algunos provienen de familias muy pobres y no pueden llevarles alimentos mientras están detenido, además en coordinación con la Procuraduría Fiscal se trabaja para el descongestionamiento de la celda preventiva. La falta de traslado viene en razón de la falta de espacios en el CCR-Isleta- Moca, así como muchas veces los Jueces que conocen las medidas de coerción, no entregan la resolución a tiempo, y en ese sentido se han realizados quejas por retardo de Justicia. Se demandó la necesidad de proveer de mascarillas a los detenidos y así evitar  la propagación del Covid-19, vigilando además porque los que tengan alguna condición de discapacidad sean atendidos adecuadamente, ya que nos encontramos con un ciudadano con discapacidad motora, en ese orden velamos porque el mismo estuviese en condiciones dignas y se le proporcionara silla de rueda. La Defensa Pública en su labor de visitas y supervisiones constantes a los centros privativos de libertad, permite verificar las condiciones en que se encuentran los mismos ante posibles vulneraciones de derechos que se estén produciendo en su contra, cumpliendo así con el mandato constitucional que no es más que garantizar la tutela efectiva del derecho fundamental a la defensa en las distintas áreas de su competencia.”  Así como lo que establece la ley 277-04 en su art. 29.4 a saber: “Concurrir regularmente a los lugares de detención y asistir a las visitas carcelarias”  garantizando así el respeto de los derechos fundamentales de los privados de libertad.

111,591 Personas atendidas por la Oficina Nacional de Defensa Pública.

Miércoles, 20 Octubre 2021
Santo Domingo.- La Oficina Nacional de Defensa Pública asiste en los primeros 9 meses de este año 2021 completamente gratis a 111,591 personas que no contaban con recursos económicos.  De estas 111,591 personas; 107,008 fueron atendidas mediante la Jurisdicción de Ordinaria (Personas Adultas) y 4,583 correspondieron a la Jurisdicción Penal Juvenil. Son varias las vías por las cuales la institución es contactada para atender a quienes requieren del servicio de defensa pública, a continuación un detalle pormenorizado por las personas atendidas por oficinas: En Santo Domingo se atendió a 25,788 personas, La Vega 13,246 , Monte Plata 9,455, Santiago 7,907, Santo Domingo Oeste 6,894, La Romana 5,703, San Pedro de Macorís 4,597, Cotuí 4,366, Distrito Nacional 3,644, San Juan de la Maguana 3,154, Bonao 3,054, San Cristóbal 2,767, Barahona 2,260, Montecristi 2,257, Mao 1,875, San José de Ocoa 1,786, Moca 1,756, Baní 1,663, Seybo 1,354, Puerto Plata 1,140, Higüey 1,089, Villa Altagracia 1,085, San Francisco Macorís 985, Neyba 824, Hato Mayor 648, Santiago Rodríguez 428, Constanza 421, Azua 418, Dajabón 401, Salcedo 278, Pedernales 203, Elías Piña 145.  De la Población general de personas atendidas por la ONDP, ingresaron de Ordinario 14,160 casos (13,133 Hombres y 1,027 Mujeres); y, de Adolescentes 1,003 (910 niños y 93 niñas). De los casos ingresados 897 representan extranjeros, de los cuales 853 representan casos ordinarios y 44 a niños, niñas y adolescentes, traducidos en 826 del sexo masculino y 71 del femenino. De estos extranjeros asistidos los ciudadanos Haitianos ocupan el primer lugar de la lista con 871 personas (804 son hombres y 67 mujeres), 6 venezolanos, 4 Norte Americanos (3 son hombres y 1 mujer), 3 chinos, 2 colombianos, 2 Peruanos (1 es un hombre y una mujer), 1 Alemán, 1 Argentino, 1 Español, 1 Holandesa, 1 Italiano, 1 Mexicana, 1 Neerlandés, 1 Puertorriqueño y 1 Ruso.  La Defensa Pública representa al usuario en conflicto con la ley penal, que por cualquier causa carezcan de un abogado, así como llevar a cabo cualquier acción que tienda a asegurar los derechos de los asistidos; desde el primer acto del procedimiento hasta la desvinculación del sistema penal. Los defensores públicos no reciben influencias o presiones internas o externas en el ejercicio de sus funciones, porque tienen independencia funcional. 

CÓMPUTO DEFINITIVO DE LA PENA, COMPENSACION DE SANCION NO PRIVATIVAS DE LIBERTAD POR EXCESO DE LA PRISION Y ORDEN DE LIBERTAD.

Miércoles, 20 Octubre 2021
   A propósito de una visita presencial que realizara la coordinadora de la Defensa Pública Santiago, Daisy Valerio Ulloa, en compañía de colaboradores paralegales de la institución, a la cárcel Pública de la Vega, en fecha 08/09/21, en el acercamiento con los internos de dicho centro, entre otras situaciones se detectó, que el interno ORLANDO TORRES MARTINEZ, cursaba una privación de libertad que sobrepasaba los límites de la cuantía de la pena impuesta. En tal situación, el defensor público Isaías Pérez Rivas le fue asignado el expediente, en la que de inmediato dada la urgencia, procedió a profundizar la situación procesal y en el que pudo comprobar que ciertamente el estado de privación de libertad del señor ORLANDO TORRES MARTINEZ, sobrepasaba de forma escandalosa el término de la condena impuesta resultando esta privación ilegal e inhumana.- Se detectó que estuvo representado por abogado privado, y que el ciudadano ORLANDO TORRES MARTINEZ, fue detenido mediante acta de registro y arresto de persona de fecha 26/07/2014, siendo conocido la vista de medida de coerción por ante el Juez de Atención Permanente en fecha 29/07/2014, imponiéndosele la prisión preventiva por imputación de simple posesión de drogas (Ley 50-88), tal y como se hace constar en la resolución de medida cautelar No. 1206/2014 d/f 29/07/2014. (Vista el acta de registro de Persona y resolución de medida cautelar anexa).- A raíz de dicho proceso y mientras se mantenía en prisión preventiva, mediante el Auto de Apertura a Juicio No. 030-2015 d/f 29/01/2015, le fue otorgada la variación de la medida por cautelar de prisión por la de presentación periódica, libertad que pudo recobrar.- Ya en la fase de Juicio en fecha 15/01/2016 se declaró en rebeldía y en fecha 27/11/19 mediante el Acta de audiencia No. 371-2019-TACT-00847 de la Cuarta Sala Penal de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago le fue levantada el estado de rebeldía, pero imponiéndole la prisión preventiva.- Luego mediante la Sentencia No. 371-2019-SSEN-00194 d/f 20/12/2019, Cuarta Sala Penal de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, se condenó a ORLANDO TORRES MARTINEZ, a cumplir una condena a 6 meses de prisión acogiendo la suspensión condicional de la pena (1 mes de prisión y 5 meses suspensivos) y una multa de RD$1,500.00 pesos, por violación a ley 50-88 en la categoría de simple posesión, no siendo la decisión anterior objeto del recurso de apelación según se comprueba en la CERTIFICACION DE NO APELACION de fecha 10/09/21, por lo que la misma adquirió la autoridad de la cosa Juzgada, con competencia para el Juez del Ejecución de la Pena.- Un notorio perjuicio, pues a pesar de que este ciudadano fue condenado cumplir solo seis (06) meses, específicamente un mes en prisión y el beneficio de cinco (5) meses bajo suspensión condicional de la pena, según del cómputo simple de su estadía en prisión tenemos que al inicio duro, desde su detención hasta variación de la medida a través del auto de apertura, 6 meses y 3 días privado de libertad más lo computado desde el levantamiento de la rebeldía y la imposición de prisión preventiva hasta la fechai en que pudimos solicitar con urgencia al Juez de la Ejecución de la Pena de la Vega, de 1 año 9 meses y 26 días privado de libertad. En total sufrió una privación de 2 años 4 meses privados de libertad, a pesar de que en principio solo le fue dictado 1 mes de prisión preventiva (Ver decisiones anexas).- Ante la solicitud de urgencia al Juez de la Ejecución de la Pena de la Vega, el cual de forma oportuna como ameritaban las circunstancias, en fecha 21/09/21 se dispuso la extinción total de condena de privación de libertad (incluyendo los 5 meses suspensivos condicionales y el pago de la multa de los RD$1,500.00, ORDENANDO LA LIBERTAD INMEDIATA, siendo efectiva la libertad en fecha 22/09/21. Este grave descuido en perjuicio del impetrante es razón suficiente para que dentro del fundamento de Justicia, dignidad y humanidad este ciudadano deba ser resarcido como mínima compensación por los daños y perjuicios provocados por el tiempo en exceso de prisión.